TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 219/87 ------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 178º del Estatuto y Escalafón para el per- ------------ sonal municipal de la planta permanente aprobado por Ordenanza 52/ 87 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 178º.- Los agentes municipales comprendidos en el presente escalafón - --------------- percibirán en concepto de adicional por antigüedad, por cada año en la administración nacional, provincial o municipal, salvo que por los mismos se perciba beneficio similar, jubilación o retiro, el monto que se determinar en base a porcentajes de los sueldos de cada categoría que se establece a continua-ción: Categoría 1 a 17: 3% Categoría 18: 2,5% Categoría 19 a 21: 2%.----------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y sie-te. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----